
El SRI zonal centro dos, con sede en Riobamba informó que: En enero de 2015, deberán presentar su proyección de gastos personales los contribuyentes bajo relación de dependencia que presupuesten obtener ingresos superiores a la base imponible establecida para el año 2015 (que es de USD$ 10.800) o que percibirán ingresos mensuales mayores a USD$ 900 en adelante.
Los contribuyentes que cumplan con estos parámetros deberán presentar su proyección de gastos personales a su empleador mediante el formulario SRI – GP, disponible en la página web www.sri.gob.ec. La deducción de gastos personales podrá ser hasta un equivalente del 50% del total de sus ingresos gravados, sin que esta deducción supere el límite establecido para el año 2015, que es USD$ 14.040,00.
Para respaldar los gastos personales se debe contar con los respectivos comprobantes de venta, los mismos que podrán estar a nombre del contribuyente, de su cónyuge o conviviente o de sus hijos menores de edad o con discapacidad que no perciban ingresos gravados y que dependan directamente del contribuyente.
La cuantía máxima por cada tipo de gasto - vivienda, alimentación, vestimenta, educación – no podrá exceder los USD$ 3.510 que corresponde a 0,325 veces la fracción básica, a excepción del gasto de salud que puede ser máximo 1,3 veces la fracción básica, es decir USD$ 14.040