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Reforma al Acuerdo Ministerial MDT--0135

Ing. Iván Orozco Paredes Msc.
Asesor en Seguridad y Salud Ocupacional
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En estos últimos días salió una reforma al acuerdo ministerial 0135 en su artículo 14, a continuación indicare textualmente lo que dice en esta reforma:
En el registro oficial emitido en Quito, miércoles 27 de noviembre de 2019 en su suplemento oficial No. 89, se emitió la reforma del acuerdo ministerial MDT-0135; ACUERDA: REFORMAR EL ACUERDO MINISTERIAL Nro. MDT-2017-0135, QUE EXPIDIÓ EL INSTRUCTIVO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES PÚBLICOS Y PRIVADOS :Artículo Único.- Sustitúyase el artículo 14, por el siguiente: "Art. 14.-De la actualización y renovación.- El empleador deberá actualizar y renovar la información reportada en materia de seguridad y salud en el trabajo, dentro de los 12 meses subsiguientes a la fecha del último registro en el Sistema Único de Trabajo - SUT, sin perjuicio de lo establecido en normativa superior. Las actualizaciones que la plataforma informática tuviese y otras que fueran determinadas y requeridas por esta Institución, serán notificadas oportunamente al usuario externo. ". Disposición Final.- El presente Acuerdo Ministerial, rige a partir del 14 de noviembre de 2019. Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, 14 de noviembre de 2019.
f.) Abg. Héctor Guanopatín J
Ministro del Trabajo (S)
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